VOXLOCALIS #95

ACTUALIDAD

Por Malik Mograby, Abogado de Chile.

Como es de conocimiento público, a partir del mes de febrero del año 2022, comienza la implementación gradual de la Ley N° 21.368, que regula la entrega de plásticos de uno solo uso y las botellas plásticas. Dicha iniciativa tal como señalar su artículo primero, tiene por objeto proteger el medio ambiente y disminuir la generación de residuos, mediante la limitación en la entrega de productos de un solo uso en establecimientos de expendio de alimentos, el fomento a la reutilización y la certificación de los plásticos de un solo uso, y la regularización de las botellas y plásticos desechables.

 

En otras palabras, la ley pretende reducir la circulación y el uso de los productos plásticos que no podrán ser reciclables o reutilizables, y fomentar por otra parte el uso aquellos productos que son retornables. Las municipalidades serán responsables de fiscalizar el cumplimiento de la ley, ello sin perjuicio, de que cualquier persona podrá denunciar el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la misma ley. Cabe recordar, que no es la única normativa sobre protección de medio ambiente, que dota a las municipalidades la responsabilidad de fiscalizar. Precisamente, según la Ley N° 21.100, sobre la prohibición de bolsas plásticas en el comercio, el legislador determinó que corresponde a las municipalidades de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones referidas en dicha ley.

 

Por lo tanto, ambas disposiciones legales descritas anteriormente, coinciden en que las municipalidades no solo son órganos de administración en términos referidos en el artículo 118 de la Constitución Política del Estado, sino que actúan como órganos de fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas que tienen algo en común, y que es la protección del medio ambiente. Ahora, hay que tener presente, que más allá de esta responsabilidad que tienen en la actualidad los órganos de la administración local, a las municipalidades se les espera unos nuevos desafíos, tal como se visualiza en la discusión de distintas iniciativas legislativas en la sede del Parlamento Chileno.

Una de estas iniciativas que está en debate en el Senado, es la incorporación de nuevos principios en la Ley de Compras Públicas y de aprobarse, las municipalidades al igual que otros órganos de la Administración del Estado, serán sometidas al principio de economía circular y de esta manera fomentar la reducción productos desechables y fortalecer la reutilización de los bienes muebles. En materia cambio climático, las municipalidades tal como lo cita el proyecto de ley que fija Ley Marcos de Cambios Climáticos, que se encuentra en discusión ante el Senado, tendrán una vez sea ley de la república, elaborar Planes de Acción Comunal de Cambios Climático, ello sin perjuicio de que tendrán los órganos de Administración Comunal, que en la dictación de sus planes, programas y ordenanzas deberán incluir la variable de cambio climático.

 

En conclusión, las municipalidades tendrán el desafío de actuar como un órgano fiscalizador, para ello necesitan contar con los medios necesario para hacer efectiva dicha tarea, ello sin perjuicio de la responsabilidad de los demás órganos de Administración del Estado, siendo uno de ellos es el Ministerio de Medios Ambiente, a quien le corresponde promover e implementar programas de educación ambiental dirigidos a todas personas para reducir el consumo de plásticos de un solo uso y fomentar el uso aquellos productos que podrán ser reutilizables y retornables. Malik Mograby Abogado

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Malik Mograby  (   Chile )

Abogado, fue asesor jurídico de la Asociación Chilena de Municipalidades. Actualmente trabaja en calidad de profesional en la Municipalidad de la Pintana y también como asesor externo de la Municipalidad de Vallenar.